Colombia: A pesar de un dialogo “abierto y constructivo”, varios desafíos persisten en materia de derechos humanos

Published on 19 Jul 2023, 07:20 PM

Los días 10 y 11 de julio de 2023, el Comité de Derechos Humanos examinó Colombia por primera vez desde la firma del histórico acuerdo de paz entre el Estado y las FARC-EP en 2016.

Miembro de la delegación estatal de Colombia interviene durante el exámen en Palais Wilson, Ginebra

En su declaración de apertura, la delegación del Estado subraya que "un diálogo franco y frecuente" con los mecanismos de derechos humanos de la ONU es fundamental para mejorar la situación de los derechos humanos en el país. En sus intervenciones, los miembros del Comité Gómez y Quezada se congratularon, respectivamente, de "la vibrante participación de la sociedad civil" en la revisión, así como del "sólido compromiso del Estado" en el diálogo.

Un ambicioso plan nacional de desarrollo y una nueva política de defensa alineada con las normas internacional de DDHH y DIH

Por Colombia, la implementación del Acuerdo de Paz de 2016 es elemento clave del plan de desarrollo nacional. Según la delegación del Estado, en los pocos meses que lleva en el poder - desde agosto de 2022 - el nuevo gobierno ya ha aumentado el presupuesto para la implementación del Acuerdo de Paz, pero se necesita más financiación para implementar efectivamente todos los aspectos del acuerdo, incluyendo la política pública masiva necesaria para desagregar los grupos armados y la justicia especial de paz para reparar a las víctimas.

En su intervención, Colombia explica también su nueva Política de Seguridad y Defensa, que pone "la protección de la vida en todas sus expresiones" en el centro de sus 20 estrategias y 120 acciones. Esta nueva política de defensa, que se está debatiendo actualmente con todos los componentes de la fuerza pública, incorporará un sistema de seguimiento de las violaciones de los derechos humanos y del DIH por parte de las fuerzas de seguridad, incluida la violencia sexual, que contará con el apoyo de la comunidad internacional. También se firmó recientemente un Memorando de Entendimiento más amplio con la OACNUDH, en el que esta última se compromete a acompañar el necesario ajuste y reforma de las fuerzas de seguridad en Colombia.

Desafíos en materia de protección de los defensores de los derechos humanos

El Comité ha recibido información sobre continuas amenazas a los defensores de los derechos humanos y pregunta qué medidas se han tomado para prevenir estas violaciones, incluida la eficacia del “sistema de alertas tempranas” en la protección de los defensores de los derechos humanos. En respuesta, el gobierno dice que reconoce que su política en materia de protección a los defensores de derechos humanos es “difusa y repartida en varias comisiones”, lo que entrena “muchas reuniones y poca acción”. Cuando se trata del sistema de alertas tempranas, el gobierno reconoce que las respuestas a estas alertas siguen deficitarias.

Hubo un tentativo de concertación entre la sociedad civil y el gobierno precedente para adoptar garantías de protección para los defensores, pero al final a la sociedad civil se retiró de esas concertaciones afirmando que no había garantías suficientes. El “plan de acción oportuna” que tenía que remplazar a estas concertaciones aún no está aplicado por parte del gobierno actual. No obstante, el Gobierno afirma que está trabajando en 3 políticas públicas sobre este tema:

  • 1. Una modifica de la política publica de prevención para racionalizar los programas de protección de los defensores;
  • 2. Una segunda política para establecer las garantías de protección para los defensores, con un decreto que se espera promulgar en diciembre 2023; y
  • 3. Una “política pública para una paz total”, que esta mencionada al artículo 109 de su plan nacional de desarrollo.

El Gobierno subraya que las 3 políticas serán concertadas a través de una participación activa de la sociedad civil.

Todavía hay que avanzar en materia de las condiciones de detención y de la violencia contra las mujeres

Con respecto a la situación de las personas privadas de libertad, el Comité ha recibido información según la cual el uso de la fuerza en los lugares de detención no es adecuado para prevenir la tortura y los tratos inhumanos y degradantes y que la Resolución 192 del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) no se ajusta a las normas internacionales sobre el uso de la fuerza. El Comité pregunta informaciones sobre las medidas adoptadas por el Gobierno a este respecto, incluida la formación de capacitación para el personal penitenciario iniciada en 2015. Colombia reconoce que sus esfuerzos por rehabilitar algunos antiguos centros de detención y abrir otros nuevos no bastan para hacer frente a la "crisis carcelaria" a la que se refiere el Comité y que son necesarios más cambios estructurales, incluidas medidas legislativas, para hacerle frente. En concreto, el Gobierno afirma que el “proyecto de ley para la humanización de las cárceles” que no había pasado en la pasada legislatura volverá a debatirse este ano. En cuanto a la capacitación para el personal penitenciario, el gobierno dice que se formó a unos 1.580 funcionarios, pero es un reto en términos de recursos ampliar el alcance de estas formaciones. En cuanto a la resolución 192 sobre el uso de la fuerza en los lugares de detención, el gobierno dice que está trabajando en un protocolo para un uso razonable de la fuerza, protocolo que seguramente incluirá una revisión de esta resolución.

En cuanto a la violencia contra las mujeres, Colombia reconoce que aún se enfrenta a grandes retos, como ejemplifica la terminología utilizada en su plan de desarrollo nacional, que reconoce una “emergencia declarada de violencia de género”. Para hacer frente a esta situación, que seguramente se ha visto agravada por el COVID-19, el gobierno está trabajando en varios frentes: está fortaleciendo el mecanismo que articulan las diferentes instancias que se ocupan de la violencia de género; está trabajando activamente para el empoderamiento económico de las mujeres, tomando medidas para prevenir la violencia de género en el ámbito laboral y lanzando campañas educativas para la sensibilización sobre este tema. Pero aún queda mucho por hacer.

Vuelva a ver el diálogo con el Comité aquí (primera parte) y aquí (segunda parte).

Recomendaciones del Comité de Derechos Humanos

Las Observaciones Finales sobre el 8º informe periódico de Colombia fueron publicadas el 27 de julio de 2023. Se solicita al Estado parte que proporcione, a más tardar en julio de 2026, información sobre la aplicación de las siguientes recomendaciones:

Lucha contra la impunidad y violaciones de los derechos humanos en el contexto del conflicto armado interno

Teniendo presentes las recomendaciones anteriores del Comité, el Estado parte debe continuar e intensificar sus esfuerzos para prevenir la comisión de violaciones de los derechos consagrados en el Pacto y hacer efectivos los derechos a la verdad, justicia y reparación integral de las víctimas del conflicto armado interno. En particular, debe:

  • a) Redoblar sus esfuerzos para avanzar en la implementación del Acuerdo de Paz del 2016;
  • b) Fortalecer la presencia y capacidad de sus autoridades e instituciones civiles en los territorios más afectados por la violencia, incluyendo las autoridades étnico-territoriales, y reforzar la articulación de acciones locales, departamentales y nacionales para responder al conflicto y la violencia;
  • c) Adoptar todas las medidas necesarias para el adecuado funcionamiento del Comité de Seguimiento de las Recomendaciones e incorporar las recomendaciones de la Comisión en las políticas públicas;
  • d) Continuar y avanzar en los procesos de investigación ante la Fiscalía General de la Nación y también de la Jurisdicción Especial para la Paz de todas las violaciones de los derechos consagrados en el Pacto para que sean investigadas de manera pronta, exhaustiva e imparcial, y que los autores sean llevados ante la justicia y rindan cuentas de sus actos; e) Seguir con los procesos de diálogo y/o negociación con los grupos armados no estatales y demás organizaciones a las que se refiere el Acuerdo de Paz para acordar medidas inmediatas tendentes a reducir la violencia y mitigar sus impactos, especialmente en aquellas zonas en las que existen posibilidades de conseguir a corto plazo un vuelco en la situación que permita que se haga efectivo el control del territorio por parte de las instituciones del Estado; y, reforzar los diálogos con la sociedad civil de los territorios más afectados por la violencia y sus estructuras organizativas.

Eliminación del trabajo forzoso y la trata de personas

Recordando las recomendaciones anteriores del Comité, el Estado parte debe continuar e intensificar sus esfuerzos para prevenir, combatir y sancionar la trata de personas, incluyendo el reclutamiento de niños, niñas y adolescentes por grupos armados no estatales en el marco del conflicto. En particular, el Estado parte debe tomar medidas integrales y diferenciadas de prevención y respuesta temprana a dicho reclutamiento, incluyendo medidas para prevenir el reclutamiento con fines de explotación sexual y para el fortalecimiento de entornos protectores a nivel familiar, escolar y comunitario. El Estado parte también debe adoptar e implementar medidas de prevención dirigidas a niños y niñas de poblaciones más vulnerables, identificar a las víctimas y proveerles una reparación integral y efectiva, así como un apoyo integrado, en particular asistencia médica, material y jurídica y ayuda para su reintegración.

Libertad de expresión y protección de personas defensoras de derechos humanos

El Estado parte debe adoptar e implementar una política nacional para la protección de personas defensoras de derechos humanos, en el marco del proceso nacional de garantías, con una amplia participación de la sociedad civil, que pueda dar respuesta a las necesidades de prevención, protección, lucha en contra de la impunidad y no estigmatización de las personas defensoras. Asimismo, el Estado parte debe redoblar sus esfuerzos para:

  • a) Garantizar asistencia y protección efectivas a personas defensoras de derechos humanos, incluyendo los defensores de los derechos medioambientales y de los derechos de las personas indígenas y afrodescendientes, líderes sociales, comunales, autoridades indígenas y afrodescendientes, y periodistas que sean víctimas de actos de amenazas, violencia e intimidación, y garantizar que puedan llevar a cabo su actividad en condiciones adecuadas, incluyendo a través de la adopción de medidas colectivas de protección y de la implementación efectiva de medidas cautelares;
  • b) Fortalecer el trabajo de la Unidad Especial de Investigación y del Grupo de Trabajo de Amenazas de la Fiscalía General con el fin de asegurar que los homicidios, ataques, represalias y amenazas contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas se investiguen de manera pronta, exhaustiva, independiente e imparcial, que los autores materiales e intelectuales sean procesados y castigados con penas apropiadas, y que las víctimas obtengan una reparación integral;
  • c) Reformar el modelo de protección, incluyendo a la Unidad Nacional de Protección, a través de un proceso participativo con el objetivo de establecer un sistema que priorice la prevención y la protección colectiva y comunitaria, focalizada en los territorios con mayores niveles de violencia y que incorpore los enfoques diferenciales, étnico, de género, feminista e interseccional.

Aquí se pueden encontrar todas las recomendaciones formuladas por el Comité en las Observaciones Finales.

El informe de seguimiento de Colombia sobre la aplicación de las recomendaciones deberá presentarse en 2026. La próxima lista de cuestiones se adoptará en 2029, y el próximo informe periódico deberá presentarse en 2030.

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