República Dominicana: situación de migrantes haitianos y personas de origen haitiano sigue siendo una preocupación

Published on 15 Nov 2017, 12:16 PM

Examen de República Dominicana | Comité de Derechos Humanos | Oct. 2017

Crédito de la fotografía: OIM

El Comité de Derechos Humanos revisó el sexto informe periódico de República Dominicana los días 16 y 17 de octubre de 2017. Los miembros del Comité apreciaron la disposición de la Delegación del Estado para entablar el diálogo y lamentaron la falta de participación de la sociedad civil en el examen.

Uno de los principales temas de preocupación planteados por los miembros del Comité fue la situación de los migrantes haitianos y las personas de origen haitiano, que ha sido una cuestión prioritaria desde los dos últimos exámenes en 2001 y 2012.

Otras cuestiones planteadas por el Comité fueron la legislación restrictiva sobre el aborto, la discriminación que enfrentan las personas LGBTI y las altas tasas de violencia contra las mujeres, incluida la violencia doméstica.

El webcast del examen está disponible aquí: parte 1 y parte 2

Situación de migrantes haitianos y personas de origen haitiano

La prevalencia de discriminación racial sistemática, la situación de vulnerabilidad y de violencia contra las y los migrantes haitianos y las personas de origen haitiano en República Dominicana fue una de las principales preocupaciones del Comité. En particular, el Comité resaltó el alto número de deportaciones de personas de origen haitiano sin debido proceso. Además, el Comité planteó el hecho de que menos de un tercio de las personas de origen haitiano han podido reclamar la ciudadanía dominicana, dejando a la mayoría de ellas con un estatus legal indefinido. Esto significa que las personas de origen haitiano corren el riesgo de ser deportados y enfrentar dificultades para acceder a servicios básicos como salud y educación. El Comité también expresó preocupación por las condiciones laborales de las y los migrantes haitianos y las personas de origen haitiano en la industria de la caña de azúcar. La situación de las y los migrantes haitianos y las personas de origen haitiano han sido una de las preocupaciones prioritarias por el Comité de Derechos Humanos y otros mecanismos de las Naciones Unidas y de la Organización Interamericana desde hace muchos años.

Discriminación y violencia contra personas LGBTI

El Comité expresó su preocupación por la falta de un marco legislativo antidiscriminatorio y, más específicamente, por la falta de legislación para proteger a las personas contra la discriminación y la violencia basada en su identidad de género y orientación sexual. El Comité se refirió a informes sobre ataques contra personas LGBTI, incluido el hostigamiento policial y las detenciones arbitrarias. El Estado respondió que, a pesar de la falta de legislación antidiscriminatoria, varios textos jurídicos protegen explícitamente a las personas LGBTI de la discriminación, a saber, la ley sobre el desarrollo integral de los jóvenes sin distinción basada en la religión, la raza, el origen étnico, la orientación política o sexual. De la misma manera, el Estado argumentó que el Código Penal estipula que todas las personas son iguales ante la ley y que la Procuraduría General ha tomado medidas para enjuiciar a los perpetradores de crímenes contra personas LGBTI. Sin embargo, no existen leyes que penalicen específicamente los delitos motivados por prejuicios contra las personas LGBTI o que consideren la identidad de género o la orientación sexual como una circunstancia agravante de un delito. Además, el Estado no pudo proporcionar datos desglosados ??sobre denuncias, investigaciones, enjuiciamientos, sanciones y reparaciones para las personas LGBTI que han sido víctimas de la violencia.

Criminalization of abortion

El Comité expresó serias preocupaciones sobre la prohibición total de la interrupción del embarazo, con sanciones de hasta 20 años de prisión, incluso cuando la vida o la salud de la mujer o la niña embarazada están en riesgo, cuando llevar a cabo el embarazo podría causar un daño sustancial o sufrimiento a la mujer o niña embarazada, en los casos en que el embarazo es el resultado de una violación o incesto o cuando el embarazo no es viable, así como en todas las demás circunstancias que tengan por resultado abortos inseguros. El Comité se refirió a informes que indican que alrededor del 10% de las muertes maternas se debieron a abortos inseguros. El jefe de la delegación estatal dijo que hay una propuesta para despenalizar algunos motivos para el aborto.

Recomendaciones del Comité

El Estado Parte debe proporcionar información sobre la implementación de las siguientes recomendaciones de las Observaciones Finales del Comité a más tardar el 10 de noviembre de 2019.

No discriminación

  • Adoptar las medidas necesarias para garantizar la plena protección contra la discriminación y para erradicar de jure y de facto los estereotipos y la discriminación contra personas de ascendencia haitiana, incluyendo los migrantes haitianos, las personas con discapacidad y las personas LGBTI.
  • Aumentar los programas de formación para agentes del orden y de seguridad y de más campañas de sensibilización que promuevan la tolerancia y el respeto de la diversidad.
  • Adoptar legislación que prohíba la discriminación y los delitos de odio por orientación sexual o identidad de género, y garantizar el pleno reconocimiento de la igualdad de las parejas del mismo sexo y de la identidad legal de las personas transgénero.
  • Asegurar que los casos de discriminación y violencia cometidos por particulares o agentes del Estado sean sistemáticamente investigados, que los responsables sean sancionados con penas adecuadas, y que las víctimas tengan acceso a una reparación integral.

Interrupción voluntaria del embarazo y derechos reproductivos

  • Modificar la legislación para garantizar el acceso legal, seguro y efectivo a la interrupción voluntaria del embarazo cuando la vida o la salud de la mujer o niña embarazada estén en riesgo, y cuando llevar a término el embarazo podría ocasionar un daño o sufrimiento sustancial a la mujer o niña embarazada, especialmente en los casos en que el embarazo sea el resultado de una violación o incesto o cuando no sea viable.
  • Regular el embarazo o el aborto en todos los demás casos de una manera que sea conforme a su obligación de garantizar que las mujeres y las niñas no tengan que recurrir a abortos inseguros, y revisar su legislación con respecto al aborto en consecuencia.
  • No aplicar sanciones penales a mujeres y niñas que se sometan a un aborto ni a proveedores de servicios médicos que las asistan en ello, ya que tales medidas obligan a las mujeres y niñas a recurrir a abortos inseguros.
  • Garantizar el acceso pleno a los servicios de salud sexual y reproductiva y a la educación para sensibilizar a hombres, mujeres y adolescentes en todo el país. Asegurar que se sigan todos los procedimientos para obtener el consentimiento pleno e informado de las personas con discapacidad en la práctica de esterilización.
  • Impartir formación especial al personal de salud con el fin de dar a conocer major estos procedimientos para dar consentimiento, así como los efectos perjudiciales y los alcances de la esterilización forzada.

Apatridia

  • Garantizar el restablecimiento de la nacionalidad dominicana a todas las personas afectadas por la sentencia TC/0168/13 de conformidad con las disposiciones del Pacto y otros instrumentos internacionales relevantes, incluyendo la implementación de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de agosto del 2014.
  • Asegurar que todas las personas del grupo A reciban sus documentos de nacionalidad para asegurar la restitución de su nacionalidad dominicana, y que a todas las personas que cumplían los requisitos del Grupo B se les restituya de inmediato su nacionalidad dominicana, incluyendo la adopción de medidas especiales para las personas del Grupo B que no pudieron inscribirse en el proceso especial de registro.
  • Restablecer la nacionalidad dominicana a las personas nacidas entre el 18 de abril de 2007 y el 26 de enero de 2010.
  • Hacer pública de manera regular información actualizada sobre todas las personas que se han beneficiado de la ley 169/14 así como de aquellas personas que han recibido sus documentos de identidad.
  • Adoptar todas las medidas necesarias de jure and de facto para prevenir y reducir los casos de apatridia, incluyendo considerar su adhesión a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961, tal y como lo recomendó anteriormente este Comité (CCPR/C/DOM/CO/5, para. 22).

El próximo informe periódico debe ser presentado el 10 de noviembre de 2022. 

 

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